Intereses de mora
¿Cómo le cobro los intereses de mora? Nace apagado, se calibra una vez, cada contrato puede pactar la suya, y siempre termina en un documento.
La regla que hay detrás
El interés de mora no se cobra solo. Es una decisión de la empresa: nace apagada, se calibra una vez, cada contrato puede pactar la suya, y termine por donde termine siempre acaba igual —en un documento—. En Faacil no existe un recargo que viva fuera de una factura.
De ahí sale la distinción que conviene entender antes de tocar nada: el atraso y el cobro del atraso son dos cosas distintas. Una factura pasa a vencida sola, pasado el día de pago del contrato más los días de gracia, con el cobro encendido o apagado. Lo que decides al encenderlo es si además le vas a cobrar al inquilino por ese atraso.
Qué cobra y qué no
El cargo se genera sobre una factura, nunca sobre un cliente ni sobre una cuenta de cobro. Y esa factura tiene que cumplir todo esto:
- Estar vencida. Una que está al día, en pago parcial o ya pagada no lo admite.
- Tener contrato asociado. Sin contrato no hay día de pago ni tasa con la que liquidar.
- No estar anulada.
- No ser ella misma una factura de intereses: la mora no genera mora.
Faacil tampoco persigue al deudor por su cuenta. No hay un proceso que recorra la cartera de noche emitiendo cargos: la mora se genera cuando alguien la pide, factura por factura.
Nace apagado, y con razón
El interruptor vive en Configuración → Intereses de mora. Cualquier usuario puede abrir la sección, pero solo el administrador de la cuenta ve sus datos y puede operarla; los demás encuentran el aviso que explica quién la administra. Se llama «Cobrar intereses de mora» y viene apagado en toda empresa nueva.
Apagarlo no borra la mora, la deja sin cobro: «las facturas vencidas siguen apareciendo en mora pero no podrás generarles el cargo de intereses». Lo que desaparece es la acción de cobrar, no el estado de vencida.
Las tres formas de calcular el cargo
| Cómo se calcula el cargo | Qué hace | Cómo se rotula el monto |
|---|---|---|
| Tasa mensual sobre la factura | Se aplica la tasa mensual al saldo insoluto de la factura y se prorratea por los días de atraso, con meses de 30 días. | Tasa mensual (%) |
| Valor fijo por cada día | Se suma el mismo valor por cada día de atraso. | Valor por día de atraso |
| Un valor único | Se cobra una sola vez, sin importar cuántos días lleve el atraso. | Valor del cargo |
Las dos últimas son pesos, no porcentaje. Ojo: el mismo campo guarda las dos cosas, así que acepta valores entre 0 y 100 aunque escribas pesos.
Y con el monto en cero no se cobra nada. La pantalla lo dice sin adornos: «la factura de intereses quedaría en $0 y el sistema no la deja generar».
Los días de gracia no descuentan
«Días de gracia» son los días de atraso que perdonas. Lo que casi nadie espera es lo que pasa cuando se acaban: no se descuentan.
Los días de gracia deciden si hay cargo, no desde cuándo se cuenta. Dentro del plazo no se cobra nada. Pasado el plazo se cobra el atraso completo, contado desde la fecha de pago del contrato. Con tres días de gracia, un atraso de dos días no genera cargo, y uno de siete se cobra por siete días, no por cuatro.
Sin plazo se escribe 0, y el cargo corre desde el día siguiente a la fecha de pago.
Debajo de los campos, el bloque «Con estos valores» muestra qué pasaría hoy: sobre una factura de ejemplo de $1.000.000, cuánto costaría un atraso de 12, 30 y 60 días. Se recalcula con cada tecla. Es una réplica simplificada: no aplica el tope legal ni el saldo real de la factura, que sí mandan cuando el cobro se hace de verdad.
El tope de usura: la tasa que pactaste no siempre es la que se cobra
En la misma sección, arriba, va «TOPE DE USURA»: la tasa que certifica la Superfinanciera. Es una sola para toda la empresa y se guarda como serie, porque cambia cada mes: cada tasa lleva su porcentaje anual, el día desde el que rige y una nota opcional —el número de la circular, por ejemplo—.
El techo que se compara es mensual, y sale de ahí:
Tope mensual = tasa de usura anual ÷ 12
Rige siempre la vigencia más reciente que ya empezó:
| Papel | Qué significa |
|---|---|
| Vigente | Es la que acota la mora hoy. |
| Programada | Su fecha de vigencia todavía no llega. |
| Reemplazada | Ya empezó, pero una posterior la desplazó. |
Tres advertencias que la pantalla hace y vale la pena leer:
- El tope solo acota la tasa mensual. Un cargo por día de atraso o un valor único no son un porcentaje que la usura pueda comparar, y se cobran tal cual.
- Sin tasa registrada no hay techo. Mientras no haya ninguna vigente, se cobra lo pactado en cada contrato, aunque esté mal capturado. La configuración falla hacia abierto a propósito.
- Al corregir una tasa la vigencia queda fija. Mover el «Rige desde» dejaría viva la anterior en vez de reemplazarla; para otra vigencia se registra una tasa nueva. Y registrar de nuevo la misma fecha reemplaza, no duplica.
Al quitar una tasa, la confirmación dice qué queda rigiendo —o avisa si la mora se queda sin techo—.
Cuando el contrato pacta lo suyo
No todos los contratos pactan lo mismo. En el formulario del contrato, el bloque «INTERÉS DE MORA (OPCIONAL)» tiene el interruptor «Interés de mora propio de este contrato».
Apagado, el contrato hereda la tasa general de la empresa y el tope la acota igual. Encendido, pide tres cosas: «Tasa (%)», «Días de gracia» y «Cómo se liquida», con las mismas tres formas: Diario, Mensual y Fijo.
Para saber qué rige en un contrato concreto, su fila trae la opción «Interés de mora». Ese cuadro solo informa, y responde en cinco líneas: el origen (tasa propia del contrato o general de la empresa), la tasa pactada, los días de gracia, el tope mensual y —la línea que importa— «Se liquida al», el porcentaje con el que se va a calcular.
Cuando esos dos últimos números no coinciden, el cuadro lo dice: «El tope de usura está mordiendo». Cuando no hay techo registrado, también: «Sin tope registrado no hay techo». Desde ahí se salta a Configuración, que es el único sitio donde la serie se administra.
Tres caminos para cobrarlo
Desde la factura. En el menú de la fila, la opción GENERAR MORA. Aparece solo si se cumplen todas las condiciones de arriba y confirma citando el número impreso del documento, advirtiendo que la acción no se puede deshacer.
Desde las tareas pendientes. El panel de tareas del ciclo levanta una tarjeta «Mora potencial» cuando pasó la fecha tope sin recaudo. Es la única tarea que se resuelve sin salir de la pantalla: en vez del botón «Ir a…» trae «Generar interés». Está en el ciclo mensual.
Con una nota débito. Si prefieres poner el valor tú, o si el cargo no nace de una factura vencida en Faacil, la nota de ajuste con razón «Intereses» sube el saldo del documento que ya existe. No pide que el cobro esté encendido, pero tampoco calcula nada por ti.
Qué documento sale
Los dos primeros caminos hacen lo mismo: una factura nueva, con su propio número, vinculada a la que se pagó tarde. No modifican la factura original —en Faacil nada se borra ni se reescribe—.
Sale a nombre del mismo cliente y del mismo contrato, con el concepto «Intereses de mora» citando la factura de origen, y sin IVA. Cuando el cobro se topó con el techo legal, el ítem lo dice: «Interés de mora (tasa máxima legal)», para que quien archive el documento sepa por qué la cifra no es la de la tasa pactada.
Se numera como cualquier otra factura, con su consecutivo y la resolución que la ampare, si la empresa usa una. Y con la contabilización automática encendida entra sola a la contabilidad.
El interés que se cobra dentro de una línea
Hay un cuarto sitio donde aparece la palabra interés, y no es lo mismo. Al crear una factura, cada ítem tiene su columna de interés: un lápiz abre el cuadro «Interés», con «Días» y el porcentaje.
Ese interés lo pones tú a mano sobre esa línea:
Interés del ítem = valor bruto × (% ÷ 100) × días
Se suma después del IVA, aparece en el pie del documento como «Interés» y no aplica a los ítems negativos, donde la columna muestra «N/A». Los dos campos se validan en pareja: si los días son 0 el porcentaje debe ser 0, y al revés.
No tiene nada que ver con la parametrización de la empresa: ni consulta el tope de usura, ni respeta días de gracia, ni depende del interruptor. Es un cargo que escribes, no uno que se liquida.
Por qué no se puede cobrar dos veces la misma factura
Una factura admite un solo cargo de mora vigente. Pedirlo otra vez no duplica la deuda ni consume otro consecutivo: la respuesta es «La mora ya fue generada». Si esa factura de intereses se anula, la original vuelve a admitir el cargo.
Cuando el cargo no se puede generar, Faacil dice cuál de las condiciones falló:
| Lo que responde | Qué revisar |
|---|---|
| La factura está anulada | No se cobra mora sobre un documento anulado. |
| La mora ya fue generada | Ya existe una factura de intereses vigente sobre esa factura. |
| Contrato no encontrado | La factura no está vinculada a un contrato. |
| Intereses de mora deshabilitados | El interruptor de la empresa está apagado. |
| No hay interés acumulado | El cálculo dio cero: estás dentro de los días de gracia, o el saldo ya está en cero, o el monto configurado es cero. |
Qué pasa si el cliente paga solo el capital
La mora se liquida sobre el saldo insoluto —lo facturado menos los abonos vigentes—, no sobre el total del documento, que incluye impuestos y deducciones que el arrendatario no debe. Un abono baja la base sobre la que se calcula el cargo, y si el saldo llegó a cero, el cálculo da cero y no hay nada que cobrar.
Al revés también: la factura de intereses vive por su cuenta. Tiene su número y su saldo, así que pagar el canon no la salda; el recargo se recauda contra ella con su propio recibo de caja.
Y si el cargo salió mal, no se edita: se anula —lo que exige el permiso de anulación, aparte del de facturar— y se vuelve a generar.
Alcance del cobro de intereses de mora
El cobro nace apagado para toda la empresa y se enciende en Configuración → Intereses de mora. Cualquier usuario puede abrir la sección, pero solo el administrador de la cuenta ve sus datos y puede operarla; los demás encuentran el aviso que explica quién la administra. Con el interruptor apagado las facturas se siguen viendo vencidas, pero no se les puede generar el cargo; y con el monto del cargo en cero no se genera nada.
El cargo solo aplica a facturas vencidas, no anuladas, con contrato asociado y que no sean ya una factura de intereses. No aplica a cuentas de cobro, ni a egresos, ni a recibos de caja.
El cargo automático lo liquida Faacil con la parametrización vigente el día que lo pides, sobre el saldo insoluto de la factura. El ejemplo «Con estos valores» de Configuración es una simulación simplificada que no aplica el tope legal ni el saldo real; el interés escrito a mano dentro de una línea se calcula aparte.
El tope de usura es uno solo para toda la empresa, se administra únicamente desde Configuración y solo acota la liquidación mensual: un cargo por día de atraso o un valor único se cobran sin ese techo. Sin ninguna tasa de usura vigente tampoco hay techo, y se cobra lo pactado. Los porcentajes, los días de gracia y las tasas los define cada empresa: Faacil no trae valores sugeridos.
Generar el cargo exige permiso de edición en el módulo de Facturas: con el módulo en «Solo ver» la opción no aparece. Anular la factura de intereses exige además el permiso de anulación, que se asigna aparte en Configuración → Usuarios y permisos.
No es facturación electrónica. La factura de intereses se numera como cualquier otra —con su consecutivo y, si la empresa la usa, la resolución que la ampare—; Faacil no transmite documentos a la DIAN, no genera CUFE ni XML y no firma electrónicamente.
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